Suprema Corte solo atenderá “casos urgentes”

Desde el 15 de abril, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se enfocará exclusivamente en “resolver asuntos clasificados como urgentes”, de acuerdo con lo establecido en el acuerdo de transición publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 10 de marzo

Esta medida marca el inicio del proceso hacia la renovación de los integrantes del máximo tribunal, en espera de la elección por voto popular de nueve nuevos jueces constitucionales.

El acuerdo fue aprobado por unanimidad por el pleno de la SCJN y establece que las sesiones concluirán el 12 de agosto.

A partir del 15 de abril, los nuevos casos que lleguen al tribunal no serán turnados a los ministros en funciones, con excepción de los asuntos urgentes definidos en el mismo documento.

Entre los temas que seguirán siendo atendidos se incluyen “los amparos relacionados con personas privadas de su libertad, aquellos que involucran el interés superior de menores, y los derivados de juicios laborales o agrarios colectivos”.

También se consideran urgentes “las controversias constitucionales que soliciten suspensión, las acciones de inconstitucionalidad en materia electoral y los conflictos competenciales”.

Además, la Corte continuará resolviendo casos relacionados con impedimentos, incidentes de inejecución de sentencia, impugnaciones sobre magistraturas electorales y procedimientos de responsabilidad administrativa por faltas graves.

También “se mantendrá la atención a solicitudes de ejercicio de la facultad de atracción y de reasunción de competencia”.

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