Para el siguiente año las autoridades estatales podrán cobrar multas por infracciones de tránsito de hasta 60 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), es decir, 6 mil 224 pesos.
Las y los diputados locales decidieron disminuir los montos que había propuesto la Secretaría de Finanzas de hasta 200 veces la UMAs, pero aceptaron ampliar las sanciones a automovilistas que violenten las reglas, pues anteriormente las multas iban de cinco a 20 UMAS, y ahora serán de 40 a 60 UMAs.
Además, habrá 4 nuevas conductas que se sancionarán por recibir, acomodar y estacionar vehículos en la vía pública, sin que éstas se encuentren destinadas para tal fin, por reincidencia de la multa anterior, por carecer de permiso para circular sin placas y tarjeta de circulación, o que se encuentra vencido y por circular sin alguna de las placas.
Los montos serán más altos el siguiente año porque la UMA se ajustará a la alza.
40 UMAS a autos
Con los ajustes al Código Administrativo, se sancionará hasta con 40 UMAS, es decir, cuatro mil 149 pesos por conducir un vehículo sobre una isleta, camellón o sus marcas de aproximación.
También por estacionarse en aceras, camellones, andadores y otras vías reservadas a peatones, por no hacer alto para ceder el paso a peatones, que se encuentren en el arroyo de los cruceros o zonas marcadas para su paso y por obstaculizar los pasos destinados para peatones.
Asimismo por no ceder el paso a las ambulancias, patrullas de policía, vehículos del cuerpo de bomberos, los convoyes militares y el ferrocarril o por seguirlos, detenerse o estacionarse a una distancia que pueda significar riesgo.
La misma sanción aplicará por recibir, acomodar, estacionar vehículos en la vía pública, sin que dichas vías estén destinadas para tal fin.
40 UMAS a motocicletas
También se aplicará 40 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente a motociclistas por no usar casco exclusivo para motos y anteojos protectores, tanto el conductor o en su caso, sus acompañantes.
De igual manera, por transitar sobre las aceras y áreas reservadas para peatones, por viajar más personas de las autorizadas en la tarjeta de circulación, por llevar carga que dificulte su visibilidad equilibrio o adecuada operación o constituya un peligro para sí u otros usuarios de la vía pública.
Ese monto también se impondrá por transportar a un pasajero entre el conductor y el manubrio, por transportar un menor de edad, cuando éste no pueda sujetarse por sí mismo a la motocicleta y, estando correctamente sentado, no pueda colocar adecuada y firmemente los pies en los estribos o posa pies, excepto si cuenta con los aditamentos especialmente diseñados para su seguridad.
50 UMAS
Las multas por conducir bajo el efecto de drogas enervantes o psicotrópicos y por conducir en estado de ebriedad serán de 50 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
60 UMAS
Las nuevas multas contemplan sanciones de hasta 60 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, es decir, 6 mil 224 pesos por circular sin ambas placas; no coincidir los números y letras de las placas con la calcomanía y la tarjeta de circulación.
Asimismo por no respetar los carriles, derecho de circulación y de contraflujo o confinado para los vehículos de transporte público, masivo o de alta capacidad, como el mexibús, por carecer de permiso para circular sin placas y tarjeta de circulación o esté vencido y por circular sin una de las placas de circulación.
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